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Exención para la prestación del servicio militar a los jóvenes varones víctimas del conflicto inter

  • Semanario La Noticia de Barrancabermeja
  • 10 jun 2016
  • 2 Min. de lectura

Exención para la prestación del servicio militar a los jóvenes varones víctimas del conflicto interno y exoneración del pago de la cuota de compensación militar.

El artículo 140 de la ley 1448 de 2011, o ley de víctimas, establece una medida de reparación a la cual pueden acceder los jóvenes varones víctimas del conflicto armado interno.

Esta medida tiene como propósito restablecer la dignidad de las víctimas, y hace referencia a la exención de la prestación del servicio militar.

El próximo 10 de junio de 2016, al cumplirse cinco años de promulgación de la ley, se estaría cumpliendo el plazo para que algunas víctimas accedan a la exoneración de la cuota de compensación militar, específicamente las que sufrieron el hecho victimizante y eran mayores de edad, antes de la promulgación de la ley de víctimas.

La Defensoría aclara que el derecho de exención a la prestación del servicio militar, no caduca.

Un gran número de jóvenes víctimas viven en entornos rurales donde no cuentan con acceso a internet o donde aun contando con la disponibilidad de la red, no se desenvuelven en un entorno digital, lo cual de entrada les impide realizar los trámites para acceder a la medida.

Por todo lo anterior y con miras al vencimiento del plazo establecido por la ley para la exoneración de la cuota de compensación militar, la Defensoría del Pueblo invita a los jóvenes víctimas que se consideren posibles beneficiarios de esta medida a acceder a la página de internet www.libretamilitar.mil.co y seguir el procedimiento de inscripción. También podrán acercarse a las sedes regionales de la Defensoría del Pueblo donde les socializarán el instructivo para acceder a la plataforma tecnológica.

 
 
 

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